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Es la justicia ordinaria y no la indígena la que estudia violencia sexual contra niños y mujeres (11:52 a.m.)

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12 de Junio de 2018

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Corresponde a la jurisdicción ordinaria y no a la especial indígena conocer los casos de violencia sexual cuando las víctimas son menores y mujeres, por ser considerados sujetos de especial protección. También atañe al Estado, a través de sus instituciones, prevenir, investigar y sancionar las agresiones de las que hayan sido objeto. Así lo dejó claro la Corte Suprema de Justicia señalando además que si bien la integridad sexual de los niños es un bien jurídico compartido por las dos jurisdicciones, la ordinaria y la especial, no puede perderse de vista que en los casos donde la víctima de agresión sexual tenga la doble condición, esto es, mujer y menor de edad, obliga al “Estado a garantizarles sus prerrogativas superiores, dando aplicación al principio de la prevalencia de éstos frente a los demás” (M. P. Margarita Cabello).

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