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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Entidades territoriales deben verificar y controlar el cobro y pago de servicios sin cobertura en el POS (3:55 p.m.)

18 de Agosto de 2015

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Nota:
103608
De acuerdo con lo previsto en la Resolución 1479 del 2015 e, inclusive, en normas anteriores, las entidades territoriales tienen el deber de implementar procesos de auditoría en su carácter de compradores de servicios de salud para la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, con el fin de verificar y controlar, entre otros aspectos, que los mismos no estaban cubiertos por el plan obligatorio para la fecha de su prestación y que, por lo tanto, el pago sí correspondía a la entidad territorial, indicó el Ministerio de Salud. La disposición mencionada fija el procedimiento para el cobro y pago por parte de los entes territoriales, departamentales y distritales a los prestadores de servicios de salud, por los servicios y tecnologías sin cobertura en el POS, provistas a los afiliados al régimen subsidiado, autorizadas por los comités técnicos científicos u ordenados mediante providencias judiciales como la tutela.

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