Enfatizan cuatro reglas que los colegios deben cumplir para garantizar derechos a la educación y a un desarrollo armónico (11:31 a.m.)
05 de Febrero de 2018
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Nota:
59578
Un fallo que fue publicado recientemente por la Corte Constitucional concluye que los derechos a la educación y a un desarrollo armónico e integral de los niños y adolescentes exigen, entre otros aspectos: (i) personas docentes idóneas que respeten y promuevan los derechos y valores constitucionales y (ii) el uso de metodologías pedagógicas acordes con la dignidad humana y que promuevan valores democráticos. (iii) El uso de lenguaje discriminatorio por parte de los docentes que genera escenarios de discriminación, según el concepto de la Corte, también es contrario a una enseñanza libre de prejuicios y vulnera tanto a las personas discriminadas como a las personas menores de edad que, en calidad de espectadores o condiscípulos, la vivencian. Por último, el alto tribunal señaló que (iv) imponer castigos a los menores que implican violencia física o humillaciones o amenazas son un medio prohibido por el orden constitucional vigente. En el documento adjunto a esta nota encuentre el caso objeto de estudio por parte de la Sala Séptima de Revisión (M. P. Aquiles Arrieta).
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