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En seis meses, vereda de Guaviare deberá contar con servicios y tratamientos de salud (2:25 p.m.)

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13 de Febrero de 2017

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Una acción de tutela motivó a que la Corte Constitucional concediera un plazo de seis meses a la ESE Red de Servicios de Salud de Primer Nivel de San José del Guaviare, a la gobernación y a la secretaría de salud de ese departamento para que inicien la implementación de las medidas necesarias y de política pública que permitan garantizar la prestación efectiva y oportuna, en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad calidad y disponibilidad, de los servicios y tratamientos de salud a la población ubicada en la vereda de Mocuare (Guaviare). Lo anterior por cuanto se evidenció que en esta comunidad si bien existe la infraestructura de un puesto de salud desde hace 24 años, el grave deterioro impide la prestación del servicio. En ese escenario, el alto tribunal reprochó la conducta omisiva de las autoridades, quienes, aun teniendo conocimiento de la grave falla estructural, han sido pasivas para aceptar la necesidad y la urgencia de adoptar las medidas pertinentes para proteger la salud de quienes habitan en esa región. Además, recordó que ese derecho solo se garantiza cuando las autoridades adoptan las medidas que conduzcan a la efectiva prestación del servicio, desde la prevención y promoción hasta la protección y recuperación del paciente, de manera oportuna, eficiente y con calidad y de conformidad con los principios de continuidad, integralidad e igualdad (M. P. Jorge Iván Palacio).

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