En examen a proyecto de ley de inteligencia y contrainteligencia, Corte Constitucional declaró inexequibles normas que reformaban disposiciones penales (4:35 p.m.)
16 de Julio de 2012
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Nota:
82172
La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 40 al 49 del proyecto de ley estatutaria 263/11S-195/11C, que regulaban lo referente a las reformas penales para la garantía de la reserva legal de la información de inteligencia y contrainteligencia. Según el alto tribunal, aunque el título alude a modificaciones del régimen penal, las conductas y competencias reguladas por el proyecto de ley estatutaria terminan reformando disposiciones penales que no solo tocan con el ámbito de la función de inteligencia sino en general con el manejo de documentos e información sujeta a reserva a cargo de todo servidor público, excediendo con ello los contenidos y alcances del presente proyecto. Por tal razón, exhortó al Congreso para que configure tipos penales específicos destinados a salvaguardar la reserva de dicha información. Adicionalmente, en la decisión, la Sala condicionó el artículo 54 del proyecto, respecto a la colaboración con operadores de servicios de telecomunicaciones, para que se entienda que, de implicar interceptación o registro de información, deberá estar precedida de una orden judicial. La magistrada María Victoria Calle salvó su voto, pues estimó que otros apartes debieron ser declarados inexequibles debido a que son indeterminados. Los magistrados Adriana Guillén, Luis Ernesto Vargas, Jorge Palacio y Nilson Pinilla salvaron parcialmente el voto (M. P. Jorge Iván Palacio).
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