En audiencias de control de legalidad no hay descubrimiento probatorio (8:00 a.m.)
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02 de Mayo de 2012
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A las audiencias de control de legalidad de recaudos probatorios adelantados por la Fiscalía pueden asistir el investigado o procesado y su defensor, pero no pueden exigir el descubrimiento de los elementos materiales obtenidos por el ente acusador. Así lo señaló la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, en fallo de tutela de segunda instancia. Sobre la procedencia de la tutela contra providencias judiciales, esta Sala recordó su improcedencia como regla general. Además, consideró que las diversas interpretaciones razonables que los jueces hagan de las normas jurídicas no configuran vía de hecho (M. P. Ariel Salazar).
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