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El principio de congruencia debe imponerse para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad (3:45 p.m.)

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27 de Noviembre de 2015

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La Corte Constitucional, en la Sentencia T-655 del 2015, y usando como base el principio de congruencia en las sentencias judiciales, amparó a una ciudadana que fue víctima de la masacre de Santodomingo en 1998, hechos por los que inicialmente se condenó a miembros de la Fuerza Aérea Colombiana. La ciudadana actuó debido a que tiempo después surgió otra providencia judicial condenando a Germán Suárez Briceño, alias Grannobles, en el marco de los mismos hechos que los miembros de fuerza pública. La alta corporación determinó que en este caso resultaba afectado el principio de congruencia, de tal manera que afectaba la reconstrucción de los hechos y, por consiguiente, el derecho a la verdad y a la reconstrucción histórica de la peticionaria y su comunidad (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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