El Estado tiene el deber constitucional de proteger a las víctimas de desastres naturales (8:00 a.m.)
80293
16 de Abril de 2012
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Uno de los parámetros fundamentales de la sociedad colombiana, establecidos constitucionalmente, es la solidaridad como pauta de protección de las personas, especialmente si se encuentran en estado de debilidad. Así lo indicó la Corte Constitucional al resaltar que ese estado se agrava cuando surge una situación de extrema fragilidad o debilidad de manera abrupta, como un desastre natural. Con estos argumentos, la Corte concluyó que el Estado junto con los particulares, tienen el deber constitucional de proteger y coadyuvar, en justicia y equidad, a las víctimas de desastres naturales. De esta forma, fueron tutelados los derechos fundamentales de un afectado con las épocas invernales del 2005 en Girón (Santander) (M.P. Nilson Pinilla).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!