El ejercicio del servicio militar no es por sí solo un motivo que imposibilite la interposición de una tutela personalmente (10:05 a.m.)
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31 de Julio de 2012
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El Consejo de Estado recordó que para que una persona pueda ejercer legítimamente una acción de tutela a nombre de su hijo mayor de edad, el escrito debe incluir la manifestación expresa de actuar como agente oficioso y la demostración de que el titular del derecho fundamental no está en condiciones físicas o mentales de promover su propia defensa. Recordó que el ejercicio del servicio militar no es por sí solo un motivo que evidencie la imposibilidad para solicitar personalmente el amparo. Por tal razón, la Sección Segunda rechazó por improcedente una tutela interpuesta por una mujer que pretendía el amparo del derecho al debido proceso de su hijo, que fue reclutado para prestar el servicio militar, a su juicio, de manera irregular (C. P. Gerardo Arenas).
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