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El derecho a la libertad de expresión no está sujeto a censura previa (8:41 a.m.)

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09 de Marzo de 2011

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El ejercicio del derecho a la libertad de expresión solo admite limitaciones posteriores. No puede, por lo tanto, censurarse previamente. Así lo recordó la Corte Constitucional, al revisar un fallo de tutela que promovió un centro médico de Cartagena contra Caracol Televisión, para evitar una emisión del programa Séptimo Día que, supuestamente, comprometía el buen nombre de la institución. La Corte criticó que el juez de primera instancia hubiera prohibido la transmisión del programa, mientras dictaba el fallo definitivo. Este tipo de restricciones previas a la libertad de expresión solo operan cuando se busca la protección moral de la infancia y la adolescencia, advirtió el alto tribunal (M. P. Humberto Sierra Porto).

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