El delito de prevaricato se configura por un actuar doloso, malicioso y torcido: Corte Suprema (4:46 p.m.)
07 de Junio de 2012
Reproducir
Nota:
81707
El delito de prevaricato no se configura por una errada apreciación probatoria, ni por la interpretación equivocada de las disposiciones aplicables al caso, sino por el actuar doloso, malicioso y torcido. Así lo indicó la Corte Suprema de Justicia al manifestar que la conducta punible del prevaricato por acción requiere una resolución, dictamen, concepto o providencia ostensiblemente contraria a la legislación. En ese sentido, aclaró que con este parámetro se advierte la arbitrariedad y capricho del juez en una decisión, sin que puedan tildarse de prevaricadoras las providencias por el único hecho de exponer un criterio diverso o novedoso. En el fallo, la Sala Penal recordó que la Corte Constitucional ha señalado reiteradamente, como regla general, la improcedencia de la tutela para el pago de acreencias laborales cuando existen otros medios judiciales con suficiente eficacia (M.P. María del Rosario González Muñoz).
Opina, Comenta