El 6 de abril arranca elaboración del registro de migrantes venezolanos (4:22 p.m.)
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22 de Marzo de 2018
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Desarrollando parcialmente el artículo 140 de la Ley 1873 del 2017, la Presidencia de la República expidió un decreto con el cual encarga a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) la función de elaborar y administrar un registro administrativo de migrantes venezolanos en Colombia que permita ampliar la información sobre este fenómeno migratorio. Este registro únicamente tendrá efectos informativos y no otorga ningún tipo de estatus migratorio, ni constituye autorización de permanencia o regularización, advierte la norma. La información recaudada en el registro servirá como fundamento para la formulación y el diseño de la política integral de atención humanitaria. El registro se llevará a cabo durante dos meses, contados a partir del 6 de abril del 2018 y podrá ser prorrogado si la unidad lo considera necesario. Las personerías municipales y distritales y las defensorías del pueblo, en sus respectivas jurisdicciones, con el apoyo de los diferentes entes del Estado y organismos internacionales, podrán brindar colaboración para el recaudo de la información.
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