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Ejército no ha reconocido la objeción de conciencia para prestar el servicio militar obligatorio: Corte Constitucional (2:59 p.m.)

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18 de Mayo de 2012

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La Corte Constitucional aseguró que el Ejército Nacional ha desconocido la Sentencia C-728 del 2009, en la que se reconoció la existencia del derecho a objetar por razones de conciencia el deber de prestar el servicio militar obligatorio. Por esa razón, le ordenó al Ministerio de Defensa que, en un término de cuatro meses, adelante una campaña de divulgación del fallo de constitucionalidad dirigida a los integrantes de la fuerza pública, especialmente a quienes tienen responsabilidades relacionadas con el reclutamiento. En el caso concreto, una persona que hacía parte de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia solicitaba su retiro de las filas por la convicción que tenía en los principios de la no violencia. Esas consideraciones fueron rechazadas por el juez de tutela, pues no cumplían con el requisito de ser “profundas, fijas y sinceras”. La Corte aclaró que si bien profesar determinado credo no implica incompatibilidad con la vida militar, es posible que la forma de asumir los postulados de determinada iglesia riña con el deber de prestar el servicio militar obligatorio (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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