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Dudas en contratos de medicina prepagada deben resolverse a favor del derecho a la salud del afiliado (12:30 p.m.)

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19 de Abril de 2011

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Las dudas en la interpretación de las cláusulas del contrato de medicina prepagada, que impliquen una posible vulneración del derecho a la salud, deben resolverse a favor del afiliado, sin perjuicio de que en situaciones concretas pueda demostrarse su mala fe, señaló la Corte Constitucional. La Sala Novena de Revisión tuteló los derechos a la salud y a la vida digna de una mujer a la que no se le autorizó una cirugía reductiva por estar excluido de su contrato de servicios. La corte explicó que la extensión de la cobertura de los servicios prepagados de salud dependerá de los términos en los cuales se pacta el contrato, comprendidos a la luz del principio de buena fe contractual, de protección del usuario como parte débil del contrato y del derecho a la salud (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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