Direcciones departamentales y distritales de salud pueden imponer sanciones por incumplir calidad en atención (8:00 a.m.)
05 de Diciembre de 2017
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Nota:
58480
Las direcciones departamentales y distritales de salud ejercen vigilancia y control frente a las disposiciones previstas en el Decreto 1011 del 2006, relativas al Sistema obligatorio de garantía de calidad de atención en salud del Sistema general de seguridad social (SOGCS) y, en caso de incumplimiento por parte de los diferentes prestadores de servicios de salud, pueden imponer las sanciones a que haya lugar, precisó el Ministerio de Salud. Actualmente, no existe un procedimiento administrativo sancionatorio de carácter especial para ser aplicado, por lo que se aplicará el previsto en el artículo 47 de la Ley 1437 del 2011 (CPACA). Dentro de las características que debe cumplir el mencionado sistema están la accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y continuidad en el servicio.
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