11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Despedir al trabajador incapacitado sin justa causa ni autorización es ineficaz (4:24 p.m.)

06 de Marzo de 2018

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Nota:
59895
Teniendo en cuenta lo que al respecto ha señalado la Corte Constitucional, el Ministerio del Trabajo recordó que una vez el trabajador o contratista contrae una enfermedad, cualquiera que sea, o presenta por cualquier causa (accidente de trabajo o común) una afectación médica de sus funciones que le impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares está amparado constitucionalmente por estar inmerso en una situación de debilidad manifiesta. Por esta razón, es requisito sine qua non para el empleador o contratante contar con una autorización para finalizar el vínculo laboral o contractual, según sea el caso. La terminación sin autorización se tornará ineficaz, el empleador se verá abocado al reintegro o a la renovación del vínculo, así como a la indemnización correspondiente.

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