Demandan disposición que no incluyó los actos legislativos dentro de las normas que pueden ser objetadas por el Presidente de la República (10:10 a.m.)
13 de Septiembre de 2012
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Nota:
83408
La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que se inhiba de emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda contra los artículos 197, 198 y 199 de la Ley 5 de 1992, que regulan las objeciones presidenciales a los proyectos de ley, su trámite y contenido. A juicio del demandante, las normas incurren en una omisión legislativa porque no prevén la posibilidad de que el Presidente de la República objete proyectos de acto legislativo. Según el Ministerio Público, “el actor asume que el deber de garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos lleva implícita la competencia para objetar los proyectos de acto legislativo, cuando la realidad constitucional señala otra cosa”. Señala además que las normas demandadas solo reproducen lo estipulado en los artículos 166 y 167 de la Constitución.
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