Demandan concepto de hijos legítimos en las figuras de la fiducia y el testamento (9:08 a.m.)
11 de Agosto de 2016
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Nota:
124210
Un ciudadano interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra de la expresión “legítimos”, contenida en los artículos 820 y 1221 del Código Civil, por trasgredir, presuntamente, el preámbulo de la Constitución y el derecho a la igualdad. Para ello, el demandante relacionó la Sentencia C-105 de 1994, en la cual se establece que la discriminación, con base en la calidad del origen familiar, contradice los postulados más importantes de la Constitución. “En nuestro ordenamiento jurídico resulta improcedente concebir que el carácter de legítimo de una persona, respecto a sus parientes, sea un criterio para conceder derechos, mucho más tratándose de figuras tan importantes para el derecho privado como lo es la fiducia y el testamento”, concluyó el escrito.
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