Declaran exequible el régimen especial para los territorios indígenas (10:36 a.m.)
05 de Octubre de 2015
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Nota:
102781
Así lo informó la Corte Constitucional a través de un comunicado en el que explica la decisión de exequibilidad del Decreto 1953 de 2014, mediante el cual se crea un régimen especial para poner en funcionando los territorios indígenas, hasta que el Congreso expedida una ley que cumpla lo dictado por el artículo 329 de la Constitución Política de 1991 (Sentencia C-617/15). El alto tribunal resolvió que dicho aparato normativo no vulnera los artículos 150, 329 y 56 transitorio de la Constitución, por cuanto se ocupa de regular las materias que trata el artículo 56 transitorio, que tiene como propósito ofrecer un marco que haga posible el funcionamiento de los territorios indígenas. De igual modo, su expedición se originó en vigencia de la competencia establecida en el artículo transitorio y, por esto, el Gobierno no desautorizó las facultades que en esta materia le confieren el artículo 150 y 329. De acuerdo con lo anterior, para la Corte “resulta constitucionalmente válido el ejercicio por parte del Gobierno Nacional de una competencia conferida por una disposición transitoria de la Constitución cuando su vigencia depende de una condición resolutoria que no se ha cumplido”. Finalmente, el magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez informó la presentación de un eventual salvamento de voto en cuanto a los fundamentos que llevaron a la decisión (M.P. Mauricio González Cuervo).
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