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Declaración de insubsistencia de mujer cabeza de familia en estado de debilidad manifiesta viola sus derechos fundamentales (2:10 p.m.)

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21 de Septiembre de 2012

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La acción de tutela procede como mecanismo transitorio para evitar la consumación de un perjuicio irremediable sobre los derechos fundamentales de la mujer cabeza de familia en estado de debilidad manifiesta y sus hijos. Así lo recordó la Sección Primera del Consejo de Estado al señalar que la declaratoria de insubsistencia en esa condición afecta el mínimo vital de la accionante, pues el salario que recibe es su única fuente de ingresos. En el caso analizado, ordenó a la alcaldía de Santa Marta reintegrar a una docente desvinculada, a pesar de que el estado de salud de ella y su hija era grave. A juicio del alto tribunal, la acción de nulidad y restablecimiento del derecho era ineficaz para brindar protección (C.P. María Claudia Rojas).

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