Debe cesar el pago del subsidio de aportes al sistema pensional cuando se llega a los 65 años de edad (11:25 a.m.)
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25 de Abril de 2012
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La subcuenta de solidaridad del Fondo de Solidaridad Pensional está instituida para subsidiar los aportes que el empleador y el trabajador tienen que realizar al subsistema de pensiones. Así lo recordó la Corte Constitucional al indicar que este beneficio está sometido a un límite de edad para acceder y tiene como objetivo garantizar el principio de sostenibilidad financiera del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, toda vez que evita una disminución significativa de los dineros del fondo, lo que podría llevar a privar a otras personas del beneficio. De esta forma, concluyó que cuando se llega a la edad de 65 años debe cesar la obligación de pagar el subsidio de estos aportes (M.P. Humberto Antonio Sierra).
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