Dan a conocer alcances de exequibilidad sobre nuevas reglas para cobro del alumbrado público (11:37 a.m.)
07 de Abril de 2016
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Nota:
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La semana pasada, LEGISmóvil informó la decisión de la Corte Constitucional sobre la exequibilidad de los apartes acusados del artículo 191 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Acaba de publicarse el habitual comunicado de prensa en el que se desarrollan los argumentos del alto tribunal frente a la legalidad de las nuevas reglas para cobro del alumbrado público. Genera especial atención el debate que se suscitó en la Sala Plena, dado que con cinco votos a favor y cuatro en contra se resolvió la constitucionalidad de la normativa acusada. Sin embargo, las magistradas María Victoria Calle y Gloria Stella Ortiz y los magistrados Jorge Ignacio Pretelt y Alberto Rojas salvaron el voto. Para Calle Correa y Rojas Ríos, si bien reconocen la amplia libertad de configuración del legislador en esta materia, consideran que esta tiene límites que están dados por la autonomía territorial. Por su parte, la magistrada Ortiz Delgado señaló que se abandonó una línea jurisprudencial consolidada y sostenida que estableció unos criterios para resolver la tensión que se presenta entre el principio unitario y los derechos que integran la autonomía de los entes territoriales en la administración de sus recursos propios y en el establecimiento de los tributos necesarios para el cumplimiento de la prestación de los servicios a su cargo. En el mismo sentido, el magistrado Pretel Chaljub agregó que la providencia desconoce los precedentes consolidados respecto al núcleo esencial de la autonomía territorial que la jurisprudencia ha protegido en favor de la potestad tributaria de los entes locales. Finalmente, los magistrados Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas anunciaron la presentación de aclaraciones de voto.
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