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Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Cuando existe una primera calificación de la causa que ocasionó la muerte del trabajador debe pagarse la pensión de sobrevivientes (4:30 p.m.)

25 de Octubre de 2011

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Nota:
76681
Si la muerte del trabajador obedece a una causa común, la administradora del fondo de pensiones (AFP) debe reconocer el pago de la pensión de sobrevivientes, mientras que si el origen de la muerte surge con ocasión de una enfermedad o accidente laboral, el pago de esta prestación debe asumirlo la aseguradora de riesgos profesionales (ARP). Así lo recordó la Corte Constitucional al reconocer que con frecuencia estas entidades traban controversias jurídicas que duran varios años, lo que deja en un estado de desprotección a los beneficiarios de las prestaciones causadas. Con estos fundamentos, advirtió que cuando existe una primera calificación de la causa que ocasionó la muerte del trabajador debe pagarse la pensión de sobrevivientes, sin que interese que posteriormente se llegare a concluir que el origen es otro, pues en esos casos existe la posibilidad de repetir (M.P. Jorge Iván Palacio).

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