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Corte reiteró que la aclaración de las sentencias de tutela se limita a las partes o intervinientes y no pueden usarse el recurso para solicitar adiciones (2:20 p.m.)

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19 de Septiembre de 2011

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La Corte Constitucional reiteró que la finalidad de la aclaración de una sentencia es precisar contenidos en la parte resolutiva del fallo o que, incluidos en la parte motiva, influyan para el entendimiento pleno y el cumplimiento de lo decidido en el fallo en cuestión y no puede usarse para pedir adiciones. Por tal razón, rechazó por improcedente la aclaración solicitada por la coordinadora ejecutiva del Comité de Veeduría Sentir Animal de Cali, que mediante este recurso buscaba que se incluyera expresamente a los conductores de vehículos de tracción animal dentro del grupo de recicladores de Cali, protegidos por la sentencia T-291 del 2009. La Sala explicó que la peticionaria no participó en el proceso de tutela cuya aclaración se solicita, como parte o como interviniente, ni es un tercero con interés directo, por lo que no puede interponer recursos contra el fallo en cuestión, aunque represente a un grupo poblacional marginado que en su opinión no fue expresamente incluido en las medidas de protección (M. P. María Victoria Calle).

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