Corte recuerda faceta de norma de procedimiento del interés superior del menor (10:25 a.m.)
11 de Febrero de 2014
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Nota:
95150
Teniendo en cuenta la normativa internacional, la Corte Constitucional recordó la dimensión de norma del procedimiento del interés superior del menor, según la cual siempre que se deba tomar una decisión que lo afecte es necesario evaluar sus repercusiones, dejando presente expresamente que ese derecho se tuvo en cuenta. En ese sentido, señaló que algunos de los criterios para determinar dicho interés son la garantía del desarrollo integral del niño y de las condiciones para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, la provisión de un ambiente familiar apto y la necesidad de razones poderosas que justifiquen la intervención estatal en las relaciones filiales (M. P. Jorge Pretelt).
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