Corte ordenó suspender traslado de un funcionario del Inpec, para proteger el derecho a la unidad familiar de sus hijos menores (9:42 a.m.)
19 de Agosto de 2011
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Nota:
76191
La Corte Constitucional reiteró que los asuntos particulares que involucren la protección de los derechos e intereses superiores de los niños y adolescentes deben analizarse atendiendo las consideraciones individuales y características del caso, teniendo en cuenta los derechos propios del menor de edad al amor, la asistencia, el cuidado y la protección que demanda el desarrollo de su personalidad. Por tal razón, la Sala Séptima de Revisión suspendió los efectos de una resolución del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) mediante la cual se ordenó el traslado de un funcionario de la entidad de Bogotá a Jamundí (Valle). La medida transitoria operará hasta que finalice el año lectivo de sus hijos de 11 y 9 años de edad, por considerar que dicha orden vulneró el derecho fundamental de los menores a la unidad familiar (M. P. Jorge Pretelt).
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