Corte Constitucional recuerda que la mora judicial injustificada vulnera el derecho al debido proceso (9:22 a.m.)
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20 de Octubre de 2010
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La Corte Constitucional aclaró que la mora judicial es un fenómeno que puede causarse por las acumulaciones procesales estructurales que superan la capacidad humana de los funcionarios a cuyo cargo se encuentra la solución de procesos. Por esa razón, recordó que la violación al derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia en estos casos se produce solo cuando la demora es injustificada. En esa medida, si existen razones que explican la situación, no existe violación a derechos fundamentales. El alto tribunal conoció el caso de un fiscal que se había demorado en la investigación de un proceso penal por estafa. Sin embargo, encontró que la mora estaba justificada en una carga de trabajo excesiva del funcionario y en la necesidad de una recolección probatoria adecuada (M.P. Mauricio González Cuervo).
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