Corte aclara aspectos del fallo que extendió a las parejas homosexuales el derecho a la pensión de sobrevivientes (3:41 p.m.)
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28 de Marzo de 2012
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En fallo del pasado 15 de noviembre, la Corte Constitucional aclaró aspectos de la Sentencia C-336 del 2008, que extendió a las parejas homosexuales el derecho a la pensión de sobrevivientes. En ese sentido, la Corte señaló que esa decisión tiene efectos retrospectivos, por ende, puede aplicar a situaciones en curso originadas en el pasado. Así las cosas, se debe reconocer al miembro supérstite de la pareja del mismo sexo la pensión de sobrevivientes, cuando su compañero haya fallecido antes de la notificación de la Sentencia C-366, pues en ese caso no existe una situación jurídica consolidada. Por otro lado, la persona goza de todos los medios probatorios admitidos para las uniones heterosexuales, con el fin de acreditar la existencia de una relación permanente de pareja, que le permita acceder a la pensión (M.P. Humberto Sierra Porto).
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