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Convención que rige en virtud de un sindicato disuelto no se puede aplicar a trabajadores nuevos (10:38 a.m.)

60011

28 de Febrero de 2018

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Si bien el legislador ha previsto que aun en el evento en que el sindicato sea disuelto la convención sigue rigiendo respecto de los derechos y obligaciones del empleador, ya que estos han pasado a formar parte de los contrato de trabajo de quienes se beneficien de ella mientras continúen laborando en la misma empresa, no se podrá solicitar la aplicación de dichas prerrogativas a los trabajadores nuevos, precisó el Ministerio del Trabajo. No obstante, señaló, ellos gozan del derecho constitucional de asociarse libremente en defensa de sus intereses y, con el lleno de los requisitos legales, pueden crear una nueva organización y presentar pliego de peticiones, firmar una convención colectiva o laudo arbitral.

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