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Consejo de Estado reitera que el perjuicio moral se tasa conforme al arbitrio judicial (4:13 p.m.)

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24 de Septiembre de 2012

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La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró que los perjuicios morales se tasan con el arbitrio judicial y no conforme al test de proporcionalidad. De esta forma, recordó que la exigencia de razonabilidad y racionalidad en la tasación de estos daños no es incompatible con el arbitrio judicial. Igualmente, afirmó que comparte los pronunciamientos recientes de la Corte Constitucional en los que se les reclama a los jueces el respeto por el precedente judicial del Consejo. En este fallo, la corporación condenó al Estado por las lesiones causadas a varios miembros del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en el operativo que buscaba la captura de Ramón Isaza en 1994. A su juicio, las directivas de la institución desconocieron el principio de planeación e incrementaron el riesgo, toda vez que se trataba de un jefe paramilitar y era altamente probable que se produjera un fuerte combate con un número significativo de hombres. El magistrado Jaime Santofimio estuvo de acuerdo con la declaración de responsabilidad, pero se apartó de la eliminación del principio de proporcionalidad para tasar los perjuicios morales. En su opinión, los fallos de la Corte Constitucional obligan a considerar como necesaria la metodología del test de proporcionalidad, pues establece criterios objetivos en los que el juez contencioso administrativo puede apoyarse (C.P. Enrique Gil Botero).

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