Conozca las precisiones procesales que hizo la Corte Constitucional sobre el caso Pretelt (10:33 a.m.)
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21 de Diciembre de 2015
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La Sala Plena de la Corte Constitucional precisó que la suspensión de un magistrado, por un proceso adelantando ante el Congreso de la Republica, procede una vez se admita públicamente por el Senado de la República la acusación que presente la Cámara de Representantes. Así las cosas, las disposiciones constitucionales y legales aplicables no consideran “institución diferente con la potencialidad de privar de su investidura, provisional o definitivamente a uno de los integrantes de la Corte Constitucional”. Igualmente, aclaró que sea cual sea la decisión que se profiera en el proceso que se sigue actualmente contra el magistrado Jorge Ignacio Pretelt en el Congreso de la Republica, el máximo juez de la Constitución seguirá “haciendo todos los esfuerzos que estén a su alcance para darle a la colectividad garantías de transparencia, imparcialidad, independencia y rectitud en sus actuaciones judiciales”.
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