Conozca la última inexequibilidad sobre prestación del servicio militar (11:21 a.m.)
06 de Diciembre de 2016
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Nota:
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A través del comunicado sobre la Sentencia C-659 del 2016, la Sala Plena de la Corte Constitucional informó la declaratoria de inexequibilidad de la expresión “en tareas de apoyo logístico, administrativo, social, cultural o de defensa de la ecología y el medio ambiente y, en general, de las actividades que contribuyan a la modernización y al desarrollo del país”, contenida en el parágrafo del artículo 10 de la Ley 48 de 1993. Dicho parágrafo establece que las mujeres colombianas prestarán el servicio militar voluntario y será obligatorio cuando las circunstancias del país lo exijan y el Gobierno Nacional lo determine, en las tareas anteriormente mencionadas. Según el concepto de la Corte, la diferenciación establecida basada en patrones sociales que destacan las habilidades de los hombres para las actividades de la guerra y en estereotipos culturales que discriminan a las mujeres configura una evidente infracción a la prohibición de discriminación y de trato distinto no justificado por razones del sexo. Así mismo, es una trasgresión de compromisos internacionales adquiridos por Colombia que protegen los derechos de las mujeres. De acuerdo con todo lo anterior, la alta corporación procedió a declarar inexequible el aparte demandado por fundamentarse “en un estereotipo abiertamente contrario a la Carta Política, resultar una medida inadecuada para lograr los fines propuestos y, en consecuencia, claramente innecesaria”. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Alejandro Linares, Gabriel Eduardo Mendoza y Gloria Stella Ortiz se reservaron la presentación eventual de aclaraciones de voto (M.P. Aquiles Arrieta Gómez).
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