Con este caso identifique la procedencia excepcional de la tutela contra actos administrativos (8:00 a.m.)
16 de Enero de 2017
Reproducir
Nota:
53651
De acuerdo con el ordenamiento jurídico colombiano un ciudadano tiene el medio de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir un acto administrativo de contenido particular e incluso solicitar su suspensión provisional. Al respecto, un fallo de tutela reciente de la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional recordó que si en dicha disposición se comprometen garantías fundamentales o se está ante la ocurrencia de un perjuicio irremediable la acción de tutela resulta procedente de manera excepcional. Aterrizado lo anterior en un caso concreto, la Corte abordó la situación de una ciudadana que fue expulsada hace dos años, mediante resolución de la autoridad competente, del departamento de San Andrés y no había conseguido tener contacto físico con sus dos hijos y su compañero permanente. Si bien es cierto que se justificaban estas restricciones a la libertad de circulación y residencia, también lo es que existía un perjuicio irremediable con la expulsión de la mujer de dicho territorio insular y la consecuente separación familiar, en la medida en que ellos siguieron residiendo allí. Esto, según reseña la providencia, porque el mencionado daño cumple con la condiciones de ser actual, continuado y grave, toda vez que involucra, en principio, el derecho a la unidad familiar, y teniendo en cuenta que viene ocurriendo hace más de dos años; seguirá existiendo hasta tanto la ciudadana regrese al departamento costero y vulnera el interés superior de dos menores de edad, pues se les impide a su progenitora vivir junto a ellos en el lugar donde reside la familia. Finalmente, el alto tribunal dejó sin efectos las resoluciones proferidas por la Oficina de Control, de Circulación y Residencia (Occre) y, a su vez, amparó el derecho fundamental de los dos niños a tener una familia y no ser separados de ella (M. P. Gabriel Mendoza).
Opina, Comenta