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Competencia de procesos por rebelión no se determina por el lugar de las operaciones (4:25 p.m.)

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19 de Febrero de 2013

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El ámbito territorial del delito de rebelión es todo el suelo patrio, pues es el Gobierno nacional el que se pretende derrocar, suprimir o modificar. Por ello, las organizaciones armadas responden a una sola acción en el espacio del Estado y no a la región donde adelantan operaciones sus frentes. De esta manera, la Corte Suprema de Justicia precisó que debe admitirse que del proceso respectivo puede conocer cualquier juez de la República, independientemente del lugar donde operaba u opera el frente o grupo (M.P. Gustavo Enrique Malo Fernández).

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