Colegios responden por los daños que sufren los estudiantes en paseos y excursiones (12:12 p.m.)
03 de Mayo de 2019
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Nota:
112101
Aunque no existe disposición normativa que prohíba tener animales domésticos (perros y gatos) dentro de las instalaciones de los establecimientos educativos públicos o privados, en virtud de la descentralización y autonomía de las entidades territoriales, corresponde a estas determinar dentro de su jurisdicción la prohibición o no de permitir la permanencia de estos animales dentro de dichos establecimientos. En todo caso, indicó el Ministerio de Educación, la comunidad educativa debe seguir la máxima según la cual los derechos de los niños prevalecen ante los demás. Adicionalmente, advirtió, los establecimientos educativos responden por los daños sobre los alumnos que tienen bajo su custodia frente a cualquier daño que pudieren sufrir no solo durante su estadía en sus instalaciones, sino en la realización de otras actividades educativas o de recreación promovidas por estos, incluyendo paseos, excursiones, viajes y demás eventos tendientes al desarrollo de programas escolares.
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