Cae intervención de Mindefensa en procesos ante la JEP (8:20 a.m.)
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17 de Diciembre de 2019
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Un grupo de ciudadanos demandó ante la Corte Constitucional el artículo 7° de la Ley 1922 del 2018, por medio de la cual se adoptaron reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La norma señala que en los procedimientos de la jurisdicción en los que los comparecientes sean o hayan sido miembros de la fuerza pública se faculta la intervención del Ministerio de Defensa (Mindefensa). Así pues, revisado el curso que surtió esta ley en el Congreso de la República, se pudo establecer que la mencionada disposición no estaba prevista en el proyecto radicado, ni como disposición normativa ni como tema general, de ahí que se declarara su inexequibilidad. Tampoco se encontró referencia especial o específica a esta materia en las ponencias para primer debate de las comisiones primeras conjuntas, ya que el proyecto de ley se tramitó con mensaje de urgencia (M. P. Antonio José Lizarazo).
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