Así opera la figura jurídica de la cosa juzgada en materia de acciones de tutela (9:42 a.m.)
13 de Diciembre de 2019
Reproducir
Nota:
114654
Respecto a la figura jurídica de la cosa juzgada en materia de acciones de tutela, el Consejo de Estado recordó que opera cuando el asunto: i) es decidido por la Corte Constitucional y cuando ii) termina el proceso de selección para revisión y precluye el lapso señalado para insistir en la selección de un proceso. Lo anterior implica excluir la posibilidad de impugnar las sentencias de tutela mediante un nuevo amparo y evitar una prolongación indefinida del conflicto y la protección de los derechos fundamentales que fue objeto de estudio (C. P. William Hernández Gómez).
Opina, Comenta