Área Metropolitana del Centro de Occidente deberá garantizar que población en condición de discapacidad acceda a transporte masivo (3:16 p.m.)
25 de Enero de 2016
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El Área Metropolitana del Centro de Occidente, en su calidad de autoridad de transporte de la zona, tendrá que iniciar un procedimiento administrativo con el fin de verificar que la empresa Megabús S.A. esté cumpliendo con la normativa vigente relacionada con el deber de garantizar el acceso de las personas en condición de discapacidad a los alimentadores del sistema de transporte masivo. Así lo ordenó la Corte Constitucional a través de una acción de tutela en la que amparó los derechos de locomoción e igualdad de un ciudadano que advirtió su desprotección con ocasión de la inexistencia de buses alimentadores suficientes en el sistema masivo de transporte de la ciudad de Pereira para atender la demanda de personas que se movilizan en sillas de ruedas. Según el alto tribunal, el carácter progresivo de la prestación no puede invocarse para justificar la inacción continuada del Estado, ya que por el hecho de tratarse de garantías que suponen el diseño e implementación de una política pública, el no haber comenzado a elaborar un plan es una violación de la Carta Política que exige de parte de la administración no sólo discutir o diseñar una política de integración social, sino adelantarla (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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