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Apelar al “ambiente familiar” para juzgar a parejas gay viola derechos fundamentales (12:06 p.m.)

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31 de Julio de 2019

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La Corte resolvió una solicitud de amparo promovida contra un establecimiento de comercio de Barranquilla, generada por el reclamo del dueño del local a la accionante y su pareja del mismo sexo por sus manifestaciones de afecto. El alto tribunal aseguró que la igualdad contiene un mandato de prohibición de las discriminaciones que impliquen un trato distinto no justificado. Así, acreditó que el reproche mencionado comportó una vulneración a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal de la demandante. De igual forma, configuró un acto de discriminación por la orientación sexual diversa. Adicionalmente, consideró que las vulneraciones invocadas también se produjeron por las expresiones utilizadas por el administrador del establecimiento de comercio para llamar la atención, especialmente aquellas relacionadas con el “ambiente familiar”, la situación “extraña” de dos mujeres besándose y tomadas de la mano en su negocio, particularmente porque no es un lugar “de ambiente para parejas del mismo sexo”.

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