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Ante vulneración de derecho a la salubridad, juez de tutela está habilitado para solicitar medidas que favorezcan derechos colectivos (1:00 p.m.)

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06 de Septiembre de 2012

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La supuesta exclusividad del juez popular para proteger derechos colectivos al medio ambiente no exceptúa al juez de tutela de impartir órdenes que garanticen la salubridad de una comunidad o medidas específicas que al final resulten en la adopción de una obra tendiente a implementar un sistema de acueducto y alcantarillado. Así lo señaló la Corte Constitucional en reciente fallo de tutela en el que reiteró que la garantía del medioambiente sano y la salubridad pública debe cumplirse de manera paulatina pero eficiente y permanente, y la responsabilidad recae en las administraciones municipales. En el caso concreto, relacionado con un habitante del municipio de Pesca (Boyacá) perjudicado porque frente a su casa se vertían aguas negras por la falta de acueducto, el alto tribunal señaló que aunque desde el principio se tenía la intención de solucionar el problema, dicha voluntad no exime a la administración de haber tomado medidas urgentes, al menos de carácter temporal, lo que constituyó un flagrante irrespeto a la Constitución y así a los derechos de los ciudadanos afectados. Sin embargo, estimó el “hecho superado” por cuanto se iniciaron trabajados tendientes a la construcción del alcantarillado (M. P. Humberto Sierra Porto).

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