Ampliación de la cobertura de la pensión de sobrevivientes a los beneficiarios
25 de Enero de 2021
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Nota:
50113
Mediante la Resolución 4745, la Registraduría Nacional adoptó un reglamento general para el trámite de inscripción de promotores de mecanismos de participación ciudadana. Así, los ciudadanos interesados en proponer iniciativas a través de este mecanismo podrán descargar el formulario de inscripción directamente de la página web de la autoridad electoral. Recuerda que cualquier ciudadano, en nombre propio o en nombre de una organización social, partido o movimiento político, podrá radicar ante su despacho la solicitud. En cuanto a la verificación de los requisitos legales, indica que este proceso se surtirá en los ocho días siguientes al recibo de la solicitud, la Registraduría correspondiente deberá verificar que esta reúne los requisitos consagrados en los artículos 5° y 6° de la Ley 1757 del 2015 (Ley estatutaria de participación ciudadana). También regula lo pertinente a la resolución de inscripción y entrega del formulario de recolección de apoyos.Noticia generada en Jun 14/16 (3:39 p.m.) Información relacionada:Ley estatutaria de participación ciudadana limita revocatoria del mandato hasta el penúltimo año de gobierno (Jul. 7/15)
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