13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Adolescentes entre 15 y 17 años deben obtener autorización para acceder a la vida productiva (3:44 p.m.)

22 de Junio de 2018

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Nota:
108365
Aunque en Colombia la prevención y erradicación del trabajo infantil es una política de rango constitucional, el mismo puede ser autorizado en casos específicos, garantizando siempre el interés superior de los menores de edad. Así las cosas, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la edad mínima para trabajar en el país es de 15 años y, en ese sentido, los adolescentes entre 15 y 17 años de edad pueden acceder a la vida productiva, para lo cual deben obtener autorización del inspector de trabajo o, en su defecto, del ente territorial local correspondiente. Excepcionalmente, los menores de 15 años de edad pueden obtener autorización para desempeñar actividades que sean remuneradas, cuando las mismas sean de naturaleza artística, cultural, recreativa o deportiva, siempre que el permiso no exceda de 14 horas semanales, precisó la entidad.      

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