Admiten dos demandas contra la ley que declaró imprescriptible la acción penal en algunos delitos contra menores
01 de Julio de 2021
Varios integrantes del Semillero en Derecho Penitenciario de la Pontificia Universidad Javeriana y el Semillero en Sicología Forense de la Universidad el Bosque presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 2081 del 2021, que declaró imprescriptible la acción penal en caso de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales o el delito de incesto cometidos en menores de 18 años, denominada “no más silencio”.
Por otra parte, un ciudadano también interpuso una demanda contra esa misma norma, ambas demandas fueron admitidas por la Corte Constitucional. (Lea: Disposición sobre imprescriptibilidad de la acción penal frente a delitos contra la libertad sexual puede ser inconstitucional)
Según los primeros demandantes, de la simple confrontación de la Ley 2081 atacada con el artículo 28 de la Constitución Política y la jurisprudencia de esta Corporación, es imposible consagrar la imprescriptibilidad de los delitos contra la libertad integridad y formación sexual contra menores de edad, así como el delito de incesto.
Además, teniendo en cuenta que la imprescriptibilidad de los delitos sexuales genera problemas en específico en el ámbito probatorio, es necesario manifestar que si lo que se pretende es que no exista impunidad el Estado debe concentrarse en crear mecanismos que permitan reaccionar prontamente a estos delitos y no crear mecanismos como la imprescriptibilidad que puede traer peores consecuencias, otorgando simplemente una sensación de seguridad que no se logra en la práctica.
El otro accionante afirmó que la norma demandada no es indispensable en nuestro ordenamiento jurídico, en cambio, sí afecta gravemente las garantías y derechos fundamentales de las personas que caigan, por diversos motivos, dentro de un proceso penal.
Además, envía un claro y grave mensaje de flexibilización de derechos y garantías fundamentales de los procesados, lo que a la postre terminará por minimizarlas, contrariando los principios principales de un Estado democrático (Demandantes: Norberto Hernández Jiménez, Carlos Daniel Arango Kreutzer y otros).
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