Acto legislativo que regula el componente de reincorporación política del Acuerdo Final es constitucional (2:13 p.m.)
05 de Julio de 2018
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Nota:
108183
Recientemente se dio a conocer la sentencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional en la cual declaró la exequibilidad del Acto Legislativo 03 del 2017, el cual regula parcialmente el componente de reincorporación política del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. A juicio de la corporación, el principio de participación política como eje fundacional de la Constitución no resulta sustituido ni remplazado por el contenido normativo acto legislativo atacado. También indicó que esta reforma plantea una apertura al pluralismo político, donde se incluye un nuevo actor en el escenario democrático que contribuye al fortalecimiento de los principios fundamentales como el de participación, y no se puede desconocer que este tipo de medidas buscan afianzar la democracia y garantizar la desmovilización efectiva y estable como mecanismo para asegurar la consecución de la paz. Por otro lado, y frente a la vigencia de la norma, aseguró que el constituyente derivado goza de plena libertad para establecer a partir de qué momento entra a regir una nueva enmienda. Por tanto, el contenido revisado es connatural a la potestad del constituyente (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).
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