12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 31 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Acreditar la ciudadanía colombiana es requisito para presentar acciones de inconstitucionalidad (2:52 p.m.)

11 de Octubre de 2019

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Nota:
113384
A través de un comunicado de prensa, la Corte Constitucional informó que se declaró inhibida para analizar de fondo los cargos de inconstitucionalidad presentados en contra de una expresión contenida en el artículo 294 de la Ley 906 del 2004, que impone a los fiscales solicitar la preclusión o formular la acusación cuando se ha vencido el término previsto en el artículo  175. La anterior decisión se adoptó en tanto la Corte no pudo acreditar la legitimación por activa del accionante. En efecto, pese a los múltiples plazos otorgados por la corporación, el solicitante no aportó al expediente elementos de juicio que permitieran evidenciar su calidad de ciudadano colombiano. En ese escenario, reiteró que la acción pública de inconstitucionalidad materializa el derecho político que tienen los ciudadanos colombianos a participar en las decisiones que los afectan; a intervenir en la conformación, ejercicio y control político por medio de la interposición de “acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley” y a acceder a la justicia constitucional con el objeto de defender la integridad del ordenamiento jurídico y la supremacía de la Constitución (M. P. José Fernando Reyes).

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