Aclaran cómo se adquiere la condición de madre cabeza de familia para tener protección laboral reforzada (9:50 a.m.)
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21 de Junio de 2011
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Las mujeres cabeza de familia gozan de especial protección constitucional, por lo que tienen estabilidad laboral reforzada, recordó la Corte Constitucional. El alto tribunal aclaró que la condición de madre cabeza de familia se adquiere si la responsabilidad recae sobre personas incapacitadas para trabajar y si no cuenta con la colaboración de otra persona para satisfacer las obligaciones del hogar, dado que la pareja se sustrae del cumplimiento y no recibe apoyo de algún otro miembro de la familia. En esa medida, advirtió que el desempleo y la vacancia temporal de la pareja o su ausencia transitoria no implica esa condición. El alto tribunal indicó que la protección laboral de la mujer en estas circunstancias se extiende a las relaciones laborales tanto públicas como privadas. En el fallo, se negó la protección a quienes laboraban en un hogar infantil del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en el que posiblemente había operado la sustitución patronal (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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