Consejo de Estado admite demanda contra elección del defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assís
07 de Diciembre de 2020
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Nota:
119782
La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda que busca la nulidad del acto de elección del defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assís, y negó la medida cautelar de suspender sus efectos jurídicos. De acuerdo con la demanda, presentada por Roberto Mauricio Rodríguez Saavedra y Gonzalo Guillén Jiménez, Camargo no acreditó debidamente su experiencia de 15 años como abogado, ya que una de las certificaciones que aportó con su hoja de vida incumple las exigencias legales para su adecuada valoración; no cumple la exigencia constitucional de haber ejercido su profesión de abogado con “buen crédito” e incurre en falta de independencia para ejercer el cargo y carece de conocimientos en materia de derechos humanos. Según el auto, desde este punto de vista formal debe admitirse la demanda de nulidad electoral, ya que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 163 y 164 numeral 2º literal a) del CPACA, frente a la admisibilidad de la demanda de nulidad de la elección (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez).
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