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Conozca las reglas de elaboración de inventarios de personas en situación de discapacidad (2:09 p.m.)

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03 de Octubre de 2018

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La Ley 1306 del 2009 (marco legal para discapacitados mentales) consagra una serie de mecanismos de protección personal y patrimonial de las personas naturales en situación de discapacidad mental o que adopten conductas que las inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad, entre los que está la designación de un curador para la administración de sus bienes, sea una persona natural o una fiduciaria, dependiendo el monto, para lo cual se dispone la elaboración de un inventario por parte de uno o más peritos contables, según se requiera, indicó la Superintendencia de Sociedades. En cuanto a la responsabilidad y la confección del inventario, se seguirán las reglas establecidas para los administradores de los patrimonios en procesos concursales (Ley 1116 del 2006) y los principios de contabilidad generalmente aceptados.

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