Condiciones personales del estudiante en el acta de grado podrían ser discriminatorias (8:10 a.m.)
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17 de Enero de 2020
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Tanto el diploma como el acta de graduación tienen como fin exclusivo acreditar la calidad de bachiller, por lo que cualquier observación acerca de las condiciones personales del estudiante, como sería el caso de alguna condición de discapacidad, puede ser discriminatoria y vulnerar derechos fundamentales, precisó el Ministerio de Educación. De acuerdo con el Decreto 1075 del 2015, el acta de grado debe contener fecha y número, institución que otorga el título y autorización que posee para expedirlo, nombres y apellidos de las personas que terminaron satisfactoriamente sus estudios y reciben el título, número de identificación de los graduandos y título otorgado, con la denominación que le corresponda.
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