Condicionan norma sobre periodo de gracia de intereses moratorios en créditos del Icetex
28 de Julio de 2020
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Nota:
117232
La Corte Constitucional condicionó el artículo 1º del Decreto Legislativo 467 del 2020, que dictó medidas de urgencia en materia de auxilios para beneficiarios del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica, en el entendido que la medida denominada “periodo de gracia”, prevista en el numeral primero, no causa durante su vigencia intereses sobre los créditos. Así mismo, declaró exequibles los artículos 2º y 3º. La corporación indicó que la norma cumple, de manera general, con los requisitos formales y materiales, pues ofrece un alivio urgente y necesario para ayudar a los beneficiarios de créditos educativos del Icetex. Sin embargo, la Sala Plena encuentra desproporcionado que, en las actuales circunstancias, se sigan causando intereses a los estudiantes que se acojan a la medida de periodo de gracia, por ello lo condicionó. Además, aseguró que confía que esta crisis sea también una oportunidad para convertir al Icetex en un aliado invaluable de las de familias colombianas que en su momento confiaron en dicha entidad sus sueños para acceder a la educación técnica y profesional (M.P. Diana Fajardo Rivera).
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